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Abogado Ley de Segunda Oportunidad Murcia

¿Está buscando un abogado para cancelar todas sus deudas?

Abogado Ley de Segunda Oportunidad en Murcia

En Cerezo Abogados podemos ayudarle. Somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia y nos encargamos de todo el proceso hasta la finalización del asunto y cancelación de todas las deudas.

La Ley o Procedimiento de Segunda Oportunidad, es un mecanismo que permite a los deudores de buena fe exonerarse de todas sus deudas. A pesar de ser uno de los procedimientos que mayor éxito acumula en vía judicial, pocas personas saben que este proceso jurídico realmente se denomina como “concurso de acreedores para personas físicas”. Descubra más información sobre el contexto y evolución histórica de la II Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad también existe para empresas. Es un mecanismo que funciona de manera parecida y su nombre es concurso de acreedores para personas jurídicas.

¿Quién puede acogerse al procedimiento de Segunda Oportunidad para cancelar las deudas? Cualquier persona que se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente, puede y debe acogerse a los dispuesto en esta Ley para iniciar el procedimiento de Segunda Oportunidad.

Requisitos para cancelar las deudas con la Ley de Segunda Oportunidad:

Ser persona física, autónomo o empresario: La Ley de Segunda Oportunidad está dirigida a personas físicas, autónomos y empresarios que se encuentren en situación de insolvencia, es decir, que no puedan hacer frente a sus deudas de manera regular.

No haber sido declarado culpable en procedimientos de insolvencia anteriores: Aquellas personas que hayan sido declaradas culpables en procedimientos de insolvencia anteriores no podrán acogerse a esta ley, a menos que hayan transcurrido ciertos períodos de tiempo desde la resolución de dichos procedimientos.

Insolvencia actual o inminente: El deudor debe demostrar que se encuentra en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, que no puede hacer frente a sus obligaciones de pago de manera regular o prevé que dentro de poco no podrá hacerlo. Esto se puede hacer a través de la presentación de informes financieros y contables que demuestren la imposibilidad de pagar las deudas, o bien, mediante un listado mensual de gastos e ingresos. 

Antecedentes Penales: El deudor que esté pensando en acogerse a este mecanismo, no podrá tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos contra el patrimonio, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social con una condena superior a 3 años.

Número de Acreedores: Como mínimo, el deudor deberá tener dos acreedores. Por ende, para poder acogerse al beneficio de la segunda oportunidad, el deudor deberá disponer deudas con más de un acreedor.

Deudor de Buena Fe: La finalidad de esta exigencia se encuentra en evitar en la medida de lo posible fraudes y abusos de Ley mediante el mecanismo de la segunda oportunidad. Ahora bien, hay que tener en cuenta que el concepto de “buena fe del deudor” es un concepto jurídicamente indeterminado, por lo que ha sido la jurisprudencia la que ha ido delimitándolo. Actualmente, el deudor tendrá que cumplir los siguientes requisitos adicionales:

  • Es preciso que el concurso no sea declarado culpable. Para ello será requisito necesario que el deudor no haya llevado a cabo intencionadamente ninguna acción que haya agravado la situación de insolvencia en la que se encuentra.
  • Aunque el concurso haya sido declarado no culpable, se podrá apreciar mala fe si el deudor proporciona información falsa o si ha actuado de manera temeraria o negligente.
  • Se requiere que, el deudor no haya sido condenado con sentencia firme por una serie de delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.

Documentación necesaria para gestionar el procedimiento de Segunda Oportunidad:

  • DNI o NIE. Servirá con una fotocopia por ambas caras del documento.
  • Certificado de nacimiento. Se puede solicitar en el Registro Civil donde esté inscrito el nacimiento o bien se puede solicitar el certificado de nacimiento de forma online en la página web del Ministerio de Justicia.
  • Certificado o volante de empadronamiento. Se solicita en el Ayuntamiento en el que se encuentre empadronado el deudor. Tendrá que tener una vigencia de 3 meses.
  • Certificado de antecedentes penales. Dicho documento se solicita en el Ministerio de Justicia. Al igual que el anterior, deberá disponer de una vigencia de 3 meses.
  • Informe de vida laboral actualizado. Se puede solicitar online a través de la página web de la Seguridad Social.
  • IRPF de los últimos 3 años. Se puede solicitar online en la página web de la Agencia Tributaria. De no estar obligados a presentar la declaración de la renta, entonces es necesario el certificado de estar exento.
  • Respecto a los bienes:
    • En el caso de viviendas, plazas de garaje, trasteros, etcétera: es necesaria la nota simple, escritura de préstamo hipotecario y último recibo de hipoteca.
    • En el caso de vehículos: es necesario el permiso de circulación y el informe detallado de la DGT.
  • Tanto si el deudor dispone o no de bienes a su nombre, como documentación para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, será necesario una nota de localización del Registro Civil.
  • Sobre las cuentas bancarias, es necesario recopilar el certificado de saldo y certificado de titularidad de las cuentas bancarias (sirve con un pantallazo de todas las cuentas bancarias donde se vea el titular de la cuenta).
  • Listado de acreedores (deuda actualizada). Será necesario recopilar el listado de deudas (acreedores, fecha de vencimiento, importe, tipo de deuda, dirección postal, correo electrónico y estado de la deuda actualizada).
  • Régimen matrimonial. En el caso de haber contraído matrimonio, también será necesario recopilar y presentar el número de DNI, así como nombre y apellidos del cónyuge.
  • Documentación procedimientos judiciales. Demandas recibidas. Si existe abierto algún procedimiento judicial, será necesario indicar quién es el acreedor que ha interpuesto la demanda, la cuantía que reclaman y el estado del proceso.
  • Relación de gastos vitales. Por último, será necesario acreditar y justificar los gastos mensuales que se tienen que satisfacer, todo ello con la finalidad de acreditar que el nivel de ingresos y gastos, no permite destinar dinero a las deudas.

Otros documentos: Dependiendo de la situación específica del deudor, puede ser necesario presentar otros documentos adicionales, como contratos, facturas, escrituras, entre otros.

Las fases preparatorias del procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad son muy importantes, ya que una demanda de calidad y una documentación ordenada y comprensible hará que el procedimiento avance de forma más eficiente, por ello contar con la ayuda de un abogado especializado en este tipo de asuntos es muy importante.

Consiga su libertad financiera y una nueva vida eliminando todas sus deudas, visitándonos o escribiéndonos sin ningún compromiso y de forma gratuita para plantearnos su caso. Cerezo Abogados es un Despacho de Abogados especializado en Ley de Segunda Oportunidad en Murcia ¡Contacte ya con nosotros!

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