CÓMO RECLAMAR LOS GASTOS HIPOTECARIOS
Cerezo Abogados es un despacho de abogados en Murcia especializado en la reclamación de los gastos hipotecarios derivados de la suscripción de una hipoteca y la devolución de las cantidades abonadas.
La imputación de que todos los gastos originados por la realización y formalización de un préstamo hipotecario tienen que ser satisfechos por el particular (prestatario) y no por el banco (prestamista), es un tipo de cláusula abusiva que prácticamente el 100% de las entidades bancarias incluyen en los contratos de préstamo hipotecario en virtud de la cual el prestatario tiene que correr con todos los gastos de la operación, cuando la mayoría de trámites necesarios se realizan precisamente a favor de una de las partes: La entidad bancaria y no a favor del prestatario.
Por ello, tras la Sentencia de nuestro Tribunal Supremo 35/2021, de 27 de enero de 2021 (y otras Sentencias anteriores), este tipo de cláusula se considera abusiva y se puede reclamar la devolución de los gastos que el consumidor haya tenido que abonar para la constitución de su hipoteca, todo ello, con plena seguridad jurídica, ya que este tipo de reclamaciones contra las entidades bancarias lleva produciéndose desde el año 2015 y actualmente ya existe un criterio uniforme en todo el territorio español.
¿QUÉ GASTOS SE PUEDEN RECLAMAR?
Según la citada Sentencia, el criterio para solicitar la devolución de los gastos hipotecarios en fecha actual (año 2023), se encuentra compuesto de la siguiente manera:
El 50% de la factura de Notaría.
El 100% de las facturas de Registro, Gestoría y Tasación.
¿CUÁNTO DINERO VOY A CONSEGUIR?
El índice medio de recuperación oscila entre los 1.200 euros y los 1.600 euros. No obstante, estas cantidades pueden verse aumentadas si el cliente dispone de todas las facturas y conceptos reclamables. Del mismo modo, las cantidades se verán aumentadas en el caso de que la entidad bancaria no acceda a devolver amistosamente las cantidades reclamadas, ya que en el caso de tener que acudir al Juzgado, la entidad bancaria tendrá que devolver las cantidades incrementadas con los intereses desde la fecha de abono de las facturas.
¿CÓMO PUEDO SABER SI PUEDO RECLAMAR?
En el 100% de los préstamos hipotecarios suscritos con anterioridad al año 2019, las entidades bancarias incluían la cláusula de «gastos y comisiones», la cual suele estar contenida entre las cláusulas número 5 y 8 del préstamo hipotecario. Esta cláusula es muy fácil de identificar, ya que de su lectura podremos apreciar como se establece que todos los gastos originados por la operación bancaria tienen que ser satisfechos por el prestatario, no asumiendo el banco ningún coste.
¿PUEDO RECLAMAR LOS GASTOS HIPOTECARIOS SI NO HE TERMINADO DE PAGAR EL PRÉSTAMO? ¿PUEDO RECLAMAR AUNQUE YA LO HAYA TERMINADO DE PAGAR?
Estas dos preguntas son las que con mayor frecuencia se realizan todas las personas que tienen una hipoteca y la respuesta es muy clara: Da igual que ya haya terminado de pagar el préstamo hipotecario o que todavía no y aún lo esté pagando, ¡SIEMPRE SE PUEDE RECLAMAR LA NULIDAD DE UNA CLÁUSULA ABUSIVA!
Si necesita más información o tiene alguna duda, puede contactar e informarse con nuestros abogados expertos en gastos hipotecarios y cláusulas suelo en Murcia. En unos minutos seremos capaces de estudiar su préstamo hipotecario y poder determinar si contiene o no la cláusula de imputación de gastos hipotecarios. Contacte ya con un abogado especialista en gastos hipotecarios en Murcia en el teléfono 606778796 o en el correo electrónico info@cerezoabogados.com