LA GUARDA Y CUSTODIA DE ANIMALES DE COMPAÑIA TRAS UNA SEPARACIÓN O DIVORCIO
En los últimos años, la consideración de los animales de compañía como miembros de la familia ha ganado un notable reconocimiento en España, especialmente en el contexto de las separaciones y divorcios. Este cambio de paradigma ha impulsado la introducción de nuevas normativas y prácticas legales destinadas a proteger el bienestar de los animales en estas situaciones.
Evolución de la Ley:
Históricamente, el Código Civil español trataba a los animales como «bienes muebles», al igual que objetos o propiedades, lo que implicaba que, en caso de divorcio, se repartían como cualquier otro bien material. Sin embargo, este enfoque se mostraba insuficiente y a menudo injusto para las necesidades y derechos de los animales de compañía.
La promulgación de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, marcó un hito crucial al modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esta ley reconoce a los animales como «seres sintientes» en lugar de bienes muebles. Este cambio legislativo implica que cualquier decisión judicial que afecte a los animales debe considerar su bienestar y necesidades emocionales.
Criterios para la Guarda y Custodia de animales en procesos de familia:
Al igual que en las decisiones sobre la custodia de hijos menores, los jueces deben evaluar una serie de factores para determinar la mejor solución para el animal. Entre estos criterios se incluyen:
- Vínculo Emocional: Los tribunales evalúan quién de los cónyuges tiene una relación más cercana y afectuosa con el animal. Se pueden tomar en cuenta aspectos como el tiempo dedicado al cuidado del animal, la interacción diaria y la responsabilidad principal sobre el animal antes del divorcio.
- Capacidad Económica: Se considera la capacidad de cada parte para proporcionar el cuidado adecuado, incluyendo alimentación, atención veterinaria y un entorno adecuado. La capacidad económica es fundamental para asegurar que el animal reciba los cuidados necesarios para su bienestar.
- Disponibilidad de Tiempo: La disponibilidad de tiempo para atender al animal es crucial, especialmente en el caso de animales que requieren mucha atención, ejercicio y compañía. Los tribunales pueden evaluar los horarios de trabajo y las responsabilidades de cada cónyuge para determinar quién puede ofrecer una mejor calidad de vida al animal.
- Acuerdo entre las Partes: Si ambos cónyuges llegan a un acuerdo sobre la custodia del animal, el juez generalmente respetará este acuerdo siempre que sea en el mejor interés del animal. Los acuerdos amistosos pueden incluir custodia compartida, régimen de visitas y responsabilidades económicas compartidas.
Régimen de Visitas:
Al igual que con los hijos, puede establecerse un régimen de visitas para los animales de compañía. Esto permite que el cónyuge que no tiene la custodia principal del animal pueda mantener una relación significativa con él. El régimen de visitas puede adaptarse a las necesidades específicas del animal y las circunstancias de los cónyuges.
Por ejemplo, en el caso de un perro que está acostumbrado a salir a pasear diariamente, el régimen de visitas podría incluir días específicos en los que el cónyuge no custodio se encargue de llevarlo a pasear y pasar tiempo con él. En otros casos, como el de un gato que puede estar más apegado a su entorno, las visitas podrían realizarse en la casa del cónyuge custodio.
Pensión de alimentos y gastos extraordinarios:
Una de las novedades más destacadas de la legislación es la posibilidad de establecer pensiones alimenticias para los animales de compañía. Esto significa que el cónyuge que no tenga la custodia puede estar obligado a contribuir económicamente al cuidado del animal. Esta pensión puede cubrir gastos de alimentación, atención veterinaria y otros cuidados necesarios.
Además, los tribunales pueden ordenar que los gastos veterinarios y otros costos relacionados con el bienestar del animal sean compartidos entre ambos cónyuges. Este enfoque busca asegurar que el animal no sufra una disminución en su calidad de vida debido a la separación de sus dueños.
Casos Reales:
Ya existen casos en los que los tribunales han aplicado estos principios. Por ejemplo, en un caso reciente en Madrid, un juez otorgó la custodia compartida de un perro a una pareja divorciada, estableciendo un régimen de visitas y compartición de gastos. Este fallo reflejó el nuevo enfoque legislativo y judicial hacia el bienestar de los animales de compañía.
En otro caso en Barcelona, una pareja acordó de manera amistosa que la custodia de su gato sería compartida, con el gato pasando seis meses del año con cada cónyuge. Este acuerdo, ratificado por el juez, incluyó la división de los gastos veterinarios y de alimentación, asegurando que el bienestar del animal no se viera afectado por el divorcio.
En Cerezo Abogados hemos gestionado diversos casos de guarda y custodia de animales en procedimientos de mutuo acuerdo llevados a cabo a nivel notarial y judicial, pero también hemos gestionado casos de forma contenciosa en vía judicial. El éxito del asunto radica en poder acreditar la idoneidad de una de las partes respecto a la otra para garantizar el bienestar animal.
Implicaciones y Reflexiones:
El reconocimiento de los animales como seres sintientes en la legislación española representa un avance significativo en la protección de los derechos de los animales. Este cambio refleja una creciente sensibilidad social hacia los animales y su papel en nuestras vidas, asegurando que su bienestar sea una prioridad en cualquier decisión judicial.
Este enfoque humanizado y empático hacia los animales de compañía también tiene implicaciones más amplias. Refuerza la idea de que los animales no son meros objetos, sino seres con necesidades emocionales y físicas que deben ser respetadas y protegidas.
Además, este cambio legislativo podría influir en otros aspectos de la relación entre humanos y animales en España, promoviendo un trato más ético y responsable hacia los animales en general. La consideración del bienestar animal en el ámbito familiar podría extenderse a otros contextos, como la tenencia responsable, la adopción y el trato a los animales en diferentes situaciones legales y sociales.
Conclusión:
La modificación del Código Civil español para reconocer a los animales como seres sintientes ha supuesto un avance significativo en la protección de los derechos de los animales en situaciones de divorcio. Estos cambios reflejan una creciente sensibilidad social hacia los animales y su papel en nuestras vidas, asegurando que su bienestar sea una prioridad en cualquier decisión judicial.
Al igual que con los hijos, la guarda y custodia de los animales de compañía ahora se maneja con un enfoque centrado en su bienestar, lo que constituye un importante paso hacia un tratamiento más justo y compasivo de nuestros compañeros animales.
Esta nueva legislación no solo protege a los animales en situaciones de divorcio, sino que también promueve una cultura de respeto y empatía hacia ellos, contribuyendo al bienestar de todos los miembros de la familia, incluidos nuestros amigos de cuatro patas.
En Cerezo Abogados somos abogados especialistas en procedimientos de guarda y custodia de animales. Ante una situación de separación o divorcio en la que existan animales de compañía, puede contactar con nosotros para obtener más información al respecto en el número de teléfono 606 77 87 96 o en el correo info@cerezoabogados.com