Caso real | Cancelamos más de 40.000 € de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia
¿Es posible cancelar más de 40.000 euros de deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia? La respuesta es sí.
En Cerezo Abogados, despacho especializado en Ley de Segunda Oportunidad en Murcia, seguimos ayudando a personas que atraviesan situaciones económicas muy complicadas a empezar de nuevo mediante procedimientos concursales adaptados a cada caso.
En este artículo analizamos un caso real tramitado por nuestro despacho ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, en el que conseguimos que nuestra clienta obtuviera la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), cancelando más de 40.000 € de deuda.
Si buscas un abogado especialista en Ley de Segunda Oportunidad en Murcia, este caso demuestra cómo una correcta estrategia jurídica puede cambiar completamente la situación económica de una persona.
Cerezo Abogados, especialistas en Ley de Segunda Oportunidad en Murcia
La Ley de Segunda Oportunidad nació para ofrecer una auténtica solución a personas que, actuando de buena fe, ya no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas.
Su finalidad no consiste únicamente en paralizar embargos o suspender reclamaciones judiciales.
Su verdadero objetivo es permitir que una persona vuelva a empezar sin la carga de unas deudas imposibles de pagar.
En nuestro despacho analizamos cada expediente de forma personalizada para conseguir la máxima exoneración posible.
Trabajamos habitualmente con clientes que tienen:
- préstamos personales;
- tarjetas de crédito;
- tarjetas revolving;
- microcréditos;
- financiación bancaria;
- avales;
- deudas acumuladas tras el cierre de un negocio;
- embargos.
Caso real: cancelación de más de 42.700 € de deuda
Recientemente tramitamos el procedimiento de una vecina de Molina de Segura (Murcia) que acumulaba una deuda superior a 42.700 euros frente a diversas entidades financieras.
Como ocurre en muchos casos, la situación comenzó con varios préstamos perfectamente asumibles.
Sin embargo, determinadas circunstancias personales y económicas hicieron imposible continuar atendiendo los pagos.
Los intereses comenzaron a aumentar.
Las cuotas se acumularon.
Cada nuevo impago hacía todavía más difícil recuperar la estabilidad económica.
Cuando acudió a nuestro despacho, la deuda ya resultaba completamente inasumible.
¿Qué deudas tenía nuestra clienta?
Entre los acreedores figuraban varias entidades financieras perfectamente conocidas:
- MicroBank.
- Bankinter Consumer Finance.
- Abanca.
La suma total ascendía aproximadamente a 42.711 euros, repartidos entre distintos contratos de financiación.
Este tipo de situaciones son muy frecuentes.
Muchos clientes llegan pensando que únicamente tienen «varios préstamos», cuando realmente soportan decenas de miles de euros entre capital, intereses y comisiones.
Estudiamos la viabilidad del procedimiento
Tras analizar toda la documentación comprobamos que concurrían los requisitos previstos en la Ley Concursal.
La cliente reunía las condiciones necesarias para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Por ello presentamos la correspondiente solicitud de concurso.
Concurso sin masa: ¿qué significa?
El procedimiento fue declarado como concurso sin masa por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia.
Este tipo de concursos se produce cuando el deudor carece de patrimonio suficiente para afrontar siquiera los costes derivados de una liquidación ordinaria.
No significa que el procedimiento sea menos importante.
Al contrario.
Desde la reforma de la Ley Concursal, el concurso sin masa se ha convertido en uno de los mecanismos más utilizados para que particulares y autónomos puedan acceder a la exoneración de sus deudas.
¿Qué hizo el Juzgado?
El Juzgado examinó toda la documentación presentada.
Asimismo, concedió a los acreedores la posibilidad de solicitar el nombramiento de un administrador concursal, tal y como prevé el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Ningún acreedor ejercitó ese derecho.
Como consecuencia, pudimos solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho.
El resultado: exoneración de las deudas
Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia concedió a nuestra clienta el beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), declarando extinguidas las deudas exonerables conforme a la Ley Concursal.
Además, la resolución judicial recuerda que los acreedores afectados ya no pueden ejercitar acciones de cobro respecto de las deudas exoneradas.
Para cualquier persona que lleva años soportando llamadas, reclamaciones o la presión de unas deudas imposibles, esta resolución supone un auténtico nuevo comienzo.
¿Qué requisitos exige la Ley de Segunda Oportunidad?
Aunque cada procedimiento debe estudiarse individualmente, normalmente es necesario:
- Encontrarse en situación de insolvencia.
- Actuar de buena fe.
- No haber ocultado patrimonio.
- No haber sido condenado por determinados delitos.
- Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 486 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal.
No todas las personas pueden acogerse automáticamente.
Precisamente por ello resulta esencial contar con un abogado especializado.
¿Qué ventajas tiene acudir a un abogado especialista en Segunda Oportunidad en Murcia?
Cada error puede tener consecuencias importantes.
Una solicitud mal planteada puede retrasar el procedimiento o incluso comprometer el resultado.
En Cerezo Abogados estudiamos cada caso desde el primer momento para determinar:
- qué deudas pueden cancelarse;
- qué estrategia resulta más favorable;
- qué documentación será necesaria;
- qué procedimiento ofrece mayores garantías.
¿Qué ocurre una vez concedida la exoneración?
Cuando el Juzgado concede la Exoneración del Pasivo Insatisfecho:
- los acreedores afectados ya no pueden reclamar judicialmente esas deudas exoneradas;
- debe comunicarse la exoneración a los sistemas de información crediticia para actualizar los registros correspondientes.
Se trata de un paso fundamental para que el deudor pueda reconstruir su vida financiera.
¿Puedo cancelar mis deudas aunque no tenga bienes?
Sí.
Precisamente el concurso sin masa está pensado para personas que carecen de patrimonio suficiente.
Cada vez son más frecuentes este tipo de procedimientos.
¿Qué deudas pueden cancelarse?
Habitualmente pueden incluirse:
- préstamos personales;
- tarjetas revolving;
- microcréditos;
- líneas de crédito;
- descubiertos bancarios;
- financiación al consumo.
En determinados supuestos también puede existir exoneración parcial respecto de determinadas deudas públicas conforme a los límites establecidos por la Ley Concursal y la jurisprudencia más reciente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cancelar préstamos bancarios?
Sí, siempre que concurran los requisitos legales.
¿Qué ocurre si debo dinero a varios bancos?
Todos los acreedores pueden incluirse en el procedimiento.
¿Necesito tener nómina?
No.
Cada caso debe analizarse individualmente.
¿Puedo acogerme si soy autónomo?
Sí.
Muchos procedimientos corresponden precisamente a autónomos.
¿Pierdo automáticamente mi vivienda?
No.
Cada patrimonio requiere un estudio específico.
¿Cuánto dura el procedimiento?
Depende del caso concreto y de la carga de trabajo del Juzgado.
¿Necesito abogado?
Sí.
La Ley exige asistencia letrada y resulta esencial que el procedimiento esté correctamente preparado.
¿Buscas un abogado especialista en Ley de Segunda Oportunidad en Murcia?
En Cerezo Abogados llevamos años asesorando a particulares y autónomos que necesitan una solución definitiva a sus problemas económicos.
Este caso real demuestra que la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia funciona cuando el procedimiento está correctamente planteado y dirigido por profesionales especializados.
Si tienes préstamos, tarjetas, microcréditos o cualquier otra deuda que ya no puedes afrontar, estudiaremos tu situación de forma personalizada para indicarte si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y qué opciones existen en tu caso.
📞 Solicita una primera consulta y estudiaremos tu caso sin compromiso. Dar el primer paso puede marcar la diferencia entre seguir conviviendo con las deudas o empezar una nueva etapa con tranquilidad y seguridad jurídica.
